Las emisoras mexicanas entregaron en 2026 su primer informe de sostenibilidad con datos de 2025. Pudieron hacerlo sin auditor, porque los transitorios lo permiten solo para ese informe. El de 2027 ya no: necesita al menos un aseguramiento limitado, y los siguientes, aseguramiento razonable.
Eso significa que el inventario de gases de efecto invernadero del ejercicio 2026, el que se está construyendo ahora, es el primero que un auditor va a revisar. Esta guía explica las dos normas que lo exigen, las NIS del CINIF y la regla de la CNBV, y en qué se parecen y en qué no.
Dos normas, dos públicos
Conviene separarlas desde el principio, porque se confunden.
| NIS del CINIF | Artículo 82 Bis de la CNBV | |
|---|---|---|
| Quién la emite | El CINIF, el consejo que emite las NIF | La CNBV, por reforma a las Disposiciones de emisoras |
| A quién aplica | Entidades que preparan estados financieros con NIF | Emisoras inscritas en el Registro Nacional de Valores |
| Qué pide | 30 indicadores básicos de sostenibilidad en las notas | Un informe de sostenibilidad alineado con NIIF S1 y S2 |
| Desde cuándo | Ejercicios iniciados el 1 de enero de 2025 | Informe de 2026 con datos del ejercicio 2025 |
| Aseguramiento | No lo exige la norma | Sin aseguramiento en 2026, limitado en 2027, razonable después |
Una empresa mediana que no cotiza cae en la primera columna. Una emisora cae en las dos: revela los indicadores de la NIS B-1 en sus notas y además presenta el informe completo que pide la CNBV.
Las NIS: qué contienen
El CINIF publicó las dos primeras normas el 13 de mayo de 2024. Entraron en vigor el 1 de enero de 2025, así que el primer periodo que se reporta con ellas es el ejercicio 2025, en los estados financieros que se presentan en 2026.
La NIS A-1 es el marco conceptual. Define qué es información de sostenibilidad, cuáles son sus características cualitativas y cómo se relaciona con las NIF. Se aplica siempre junto con una norma particular.
La NIS B-1 es la norma particular. Establece 30 Indicadores Básicos de Sostenibilidad, los IBSO: 21 cuantitativos y 9 cualitativos, que se revelan en su totalidad. Los cuantitativos se presentan en valor absoluto y relativo, y todos con cifras comparativas del periodo anterior.
Los indicadores ambientales cubren el consumo de energía, de agua, los residuos y las emisiones de gases de efecto invernadero por alcance. El de alcance 3 es el único con un alivio explícito: la norma permite omitirlo en el año siguiente al 1 de enero de 2025. Tampoco se exigen comparativos en el primer año de aplicación.
El CINIF dice que las NIS se desarrollaron en línea con las primeras normas internacionales de sostenibilidad, pero no son una copia de las NIIF S. Están ancladas en las NIF mexicanas y piden un conjunto fijo de indicadores, mientras que las normas del ISSB piden lo que sea material para el inversionista. Para una entidad que solo prepara NIF, la diferencia práctica es que la lista de lo que hay que medir ya está escrita.
Para las pymes, el CINIF publicó en julio de 2025 una calculadora gratuita de gases de efecto invernadero, desarrollada con apoyo de la GIZ. Guía al usuario por su consumo de energía y combustibles y entrega un reporte alineado con los Indicadores Básicos de Sostenibilidad.
La regla de la CNBV
La reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2025 y entró en vigor al día siguiente. Agregó el artículo 82 Bis a las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores.
El artículo manda que las emisoras preparen un informe de sostenibilidad conforme a las normas de información a revelar sobre sostenibilidad del ISSB: la NIIF S1, de requisitos generales, y la NIIF S2, de información relacionada con el clima, más las que el ISSB emita después.
Tres reglas de alcance:
- Las entidades financieras que sean emisoras, y las emisoras cuyas subsidiarias sean principalmente financieras, siguen las disposiciones de sostenibilidad que emitan las autoridades financieras para cada tipo de entidad. La CNBV lo describió como una incorporación gradual.
- Las entidades federativas y los municipios quedan excluidos.
- Las emisoras extranjeras pueden usar las normas de su país. Si lo hacen, deben decir que el informe no sigue las NIIF S, o explicar su interoperabilidad o equivalencia.
El informe forma parte de la información anual que ya enumeran los artículos 33 y 37 de las mismas Disposiciones.
El calendario del aseguramiento
Los transitorios de la reforma fijan tres pasos:
| Informe | Datos de | Aseguramiento |
|---|---|---|
| 2026 | Ejercicio 2025 | Puede presentarse sin aseguramiento de auditor externo |
| 2027 | Ejercicio 2026 | Al menos limitado |
| 2028 en adelante | Ejercicio 2027 y siguientes | Razonable |
El aseguramiento razonable es el mismo nivel que el de una auditoría de estados financieros. Para el inventario de emisiones, eso significa que el auditor va a pedir el dato de actividad, el factor de emisión y el documento que respalda cada cifra, y va a recalcular una muestra.
Lo que pide la NIIF S2 sobre emisiones
La NIIF S2 exige revelar las emisiones brutas de alcance 1, 2 y 3, medidas con el GHG Protocol salvo que una autoridad exija otra metodología. El alcance 3 se desglosa por las quince categorías del estándar. El alcance 2 se reporta por el método basado en la ubicación, y se explica cualquier instrumento contractual, como certificados de energía renovable.
En diciembre de 2025 el ISSB publicó modificaciones a la NIIF S2 que simplifican estas revelaciones: permiten limitar la categoría 15 del alcance 3 a las emisiones financiadas, amplían el uso de métodos y potenciales de calentamiento exigidos por una autoridad local y relajan la clasificación industrial. Aplican a los periodos que empiecen el 1 de enero de 2027, con adopción anticipada permitida.
La propia norma da alivios para el primer periodo en que se aplica: no exige comparativos ni las emisiones de alcance 3. Para una emisora mexicana, ese primer periodo es el informe de 2026, así que el alcance 3 entra con el de 2027.
Si tu inventario ya sigue el GHG Protocol, el trabajo es de presentación. Si lo hiciste con la ISO 14064-1, la guía de GHG Protocol e ISO 14064 muestra cómo se traducen las categorías a alcances.
Las otras piezas del tablero
El informe de sostenibilidad no es la única obligación con emisiones en México. Las plantas que superan 25,000 toneladas de CO2 equivalente reportan cada año al RENE a través de la COA, y varios estados cobran impuestos al carbono con umbrales mucho más bajos. La guía del RENE y la COA explica quién está obligado y cuándo.
Lo útil es que los tres usan el mismo dato: toneladas de CO2 equivalente por fuente, con el combustible y la electricidad detrás. Un inventario bien respaldado sirve para los tres informes.
Qué haríamos en tu lugar
Si eres emisora, trata el ejercicio 2026 como el primero auditado, porque lo es. Cierra el límite organizacional, elige el año base y guarda la factura detrás de cada dato de actividad. Un aseguramiento limitado se consigue con un inventario ordenado; uno razonable, con un inventario trazable.
Si preparas NIF y no cotizas, la NIS B-1 ya te aplica. Los 30 indicadores se revelan en las notas con comparativos, así que el ejercicio 2026 necesita el dato de 2025 al lado. Si no mediste 2025, mide 2026 bien y documenta por qué el comparativo no está.
Si eres entidad financiera, tu informe sigue las disposiciones de tu propia autoridad, que la CNBV anunció como graduales. Revisa tu circular antes de asumir el calendario de las emisoras, y empieza por el alcance 3 de tus financiamientos, que es donde la NIIF S2 pone el foco para el sector.
Grumbic calcula las emisiones a partir de tus facturas de combustible y electricidad, las clasifica por alcance con GHG Protocol e ISO 14064-1 y deja cada cifra enlazada al documento del que salió. Ese respaldo es lo que revisa un auditor en un aseguramiento razonable.
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Fuentes
Información revisada el 17 de octubre de 2026 en el Diario Oficial de la Federación y en documentos del CINIF, la CNBV y despachos que analizaron la reforma. Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría legal ni contable.
- Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores, Diario Oficial de la Federación, 28 de enero de 2025
- Normas de Información de Sostenibilidad 2024, análisis de Greenberg Traurig, junio de 2025
- IFRS S1 y S2: obligatorio para emisoras de valores en México, Forvis Mazars, 28 de enero de 2025
- La CNBV y los estándares de sostenibilidad internacionales para emisoras, KPMG México, febrero de 2025
- El CINIF abre al público la calculadora de gases de efecto invernadero, Corresponsables, julio de 2025
- CINIF, Colegio e IMCP presentan la calculadora de gases de efecto invernadero, Colegio de Contadores Públicos de México, julio de 2025
- El ISSB publica modificaciones a la NIIF S2 sobre revelaciones de emisiones de GEI, BDO, diciembre de 2025
- Documento de apoyo para la elaboración del informe de sostenibilidad, CNBV, marzo de 2026
- NIIF S2 Información a revelar relacionada con el clima, IFRS Foundation


