Registro del MITECO y Real Decreto 214/2025

Qué exige el Real Decreto 214/2025 a las empresas españolas, cómo funciona el registro de huella de carbono del MITECO, los sellos Calculo, Reduzco y Compenso y qué cambia con la directiva Ómnibus. Pensada para empresas que publican información no financiera.
Actualizada el 19 oct 2026

El 12 de junio de 2025 entró en vigor el Real Decreto 214/2025. Con él, calcular la huella de carbono dejó de ser solo una decisión voluntaria para las grandes empresas españolas: las que publican el estado de información no financiera tienen que calcular su huella cada año y publicar un plan para reducirla.

La primera vez es ahora. Según la nota aclaratoria del ministerio, la huella adaptada al decreto debe incorporarse a la información que se publica en 2026 sobre el ejercicio 2025. Esta guía explica qué pide el decreto, cómo funciona el registro del MITECO y qué cambia con la directiva Ómnibus.

Un registro, dos regímenes

El registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción existe desde 2014. Lo creó el Real Decreto 163/2014 y durante once años fue completamente voluntario: una organización calculaba su huella, la inscribía y recibía un sello.

El Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, publicado en el BOE el 12 de abril, deroga aquel decreto y crea el registro de nuevo. Mantiene la parte voluntaria y le añade una obligación de cálculo para un grupo concreto de organizaciones. Las inscripciones anteriores siguen siendo válidas, salvo que deban actualizarse.

Voluntario Obligatorio
Quién Cualquier empresa o autónomo con actividad en España Empresas obligadas a publicar información no financiera y sector público estatal
Qué Calcular, inscribir y obtener el sello Calcular la huella y publicar un plan de reducción cada año
Inscripción Voluntaria y gratuita Voluntaria para empresas, anual para el sector público estatal

Quién está obligado

El artículo 11 señala dos grupos.

El primero son las empresas obligadas a incluir el estado de información no financiera, según el artículo 49.5 del Código de Comercio y el artículo 262.5 de la Ley de Sociedades de Capital. Es el régimen de la Ley 11/2018: en términos generales, grandes empresas y grupos consolidados que ya publican información de sostenibilidad. El decreto no fija umbrales propios, así que el grupo cambia cuando cambian esas normas.

El segundo son los ministerios, los organismos autónomos, las entidades de la seguridad social y otras entidades del sector público administrativo estatal. Las consejerías de las comunidades autónomas y las diputaciones provinciales pueden sumarse de forma voluntaria.

Qué hay que hacer

Tres cosas, cada año.

  1. Calcular la huella de alcance 1 y 2. Se pueden excluir fuentes no significativas mientras no superen el 5% del total. El alcance 3 es voluntario para las empresas; el sector público estatal lo incluye desde el cálculo de 2028.
  2. Elaborar un plan de reducción con un objetivo cuantificado, un año base y un horizonte de al menos cinco años, compatible con el Acuerdo de París y la neutralidad climática en 2050.
  3. Publicar la huella y el plan en la web de la organización. Las empresas cumplen incluyéndolos en el informe de sostenibilidad que ya deben presentar.

Los factores de emisión son los que publica la Oficina Española de Cambio Climático, siempre que sean compatibles con la normativa de información no financiera. Si los del año todavía no están publicados, se usan los del último año disponible.

El registro del MITECO

El registro tiene tres secciones: huella de carbono y compromisos de reducción, proyectos de absorción de CO2, y compensación de huella. Una empresa normalmente solo usa la primera y, si compensa, la tercera.

La inscripción es gratuita y se tramita en la sede electrónica del ministerio. Según el informe anual de febrero de 2026, hay 6.788 organizaciones inscritas y 17.645 huellas registradas. En 2025 se inscribieron 1.382 organizaciones por primera vez, la cifra más alta desde que existe el registro.

Desde enero de 2026 solo se pueden inscribir las emisiones atribuibles al territorio español.

Los tres sellos

Quien inscribe su huella puede usar el sello del ministerio, que corresponde a un año de cálculo concreto. Tiene tres variantes:

Sello Qué reconoce Peso en febrero de 2026
Calculo La huella calculada y un plan de reducción presentado 78%
Calculo y Reduzco Además, una reducción demostrada 15%
Calculo y Compenso, o las tres Además, compensación de toda o parte de la huella con proyectos del registro o reconocidos por el ministerio 7%

Reduzco tiene una regla que conviene conocer antes de empezar. El registro compara la media de intensidad de emisiones de los tres últimos años con la de los tres anteriores, así que hacen falta al menos cuatro años inscritos para optar a él. La intensidad se mide con un indicador de actividad: toneladas por unidad producida, por empleado o por facturación, según el sector.

Las 3.157 huellas que lograron reducir lo hicieron, de media, un 17%.

La verificación

La verificación se pide para inscribirse en el registro, no para cumplir la obligación de cálculo. El artículo 9 exige una verificación acreditada con la solicitud, salvo dos excepciones. Una pyme, asociación, fundación, cooperativa o administración pública no necesita verificar su huella de alcance 1 y 2 si todas sus emisiones significativas se calculan con factores publicados por la Oficina. Y las pequeñas empresas, microempresas y administraciones no necesitan verificar su alcance 3 si la Oficina publicó los factores necesarios.

Una gran empresa que se inscribe, por tanto, presenta siempre una verificación de un organismo acreditado bajo ISO 14064, GHG Protocol o normas equivalentes.

Cómo se calcula

El ministerio publica una calculadora de alcance 1 y 2 y un documento de factores de emisión. La versión de mayo de 2026 incluye factores de 2007 a 2025. La electricidad se calcula con el factor de la comercializadora, que depende de los datos de la CNMC.

Si ya calculas con el GHG Protocol o la ISO 14064-1, puedes reutilizar los mismos datos de actividad. La guía de GHG Protocol e ISO 14064 explica cómo se corresponden los alcances con las categorías de la ISO.

Contratación pública

El artículo 10 permite a los órganos de contratación incluir consideraciones sobre la huella de carbono en sus pliegos, según la Ley 9/2017. Se acreditan con la inscripción en el registro o con certificados equivalentes. Es una posibilidad, no una obligación general: el decreto no exige tener el sello para licitar.

Lo que cambia con Ómnibus

La obligación del artículo 11 sigue al régimen de información no financiera. Ese régimen está en movimiento por dos lados.

España todavía tramita la ley que traspone la directiva europea de información sobre sostenibilidad, la CSRD. Y la directiva Ómnibus, aprobada en febrero de 2026, reduce el alcance de la CSRD a las empresas con más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación, para los ejercicios que empiecen desde 2027.

Mientras la trasposición no se apruebe, se aplica la Ley 11/2018. Cuando se apruebe, el grupo obligado a calcular la huella cambiará con ella, porque el decreto se remite a esas normas y a las que las modifiquen.

Las sanciones

El Real Decreto 214/2025 no tiene un régimen sancionador propio. Eso no quita que la huella y el plan formen parte del informe de sostenibilidad de la empresa, que se publica con sus cuentas.

Qué haríamos en tu lugar

Si publicas información no financiera, calcula 2025 completo con alcance 1 y 2 y elige ya el año base y el indicador de intensidad. Son las dos decisiones que más cuesta cambiar después.

Inscríbete aunque no sea obligatorio. Es gratis, y Reduzco exige cuatro años seguidos: cada año que no inscribes retrasa el sello.

Guarda la factura detrás de cada dato. Si eres una gran empresa y te inscribes, necesitas una verificación acreditada, y el verificador va a pedir el documento, el factor y el cálculo.

Grumbic calcula la huella a partir de tus facturas de combustible y electricidad, con GHG Protocol e ISO 14064-1, y deja cada cifra enlazada al documento del que salió. Ese respaldo es lo que revisa el verificador.

Mira cómo funciona para empresas en España o solicita una demo.

Fuentes

Información revisada el 19 de octubre de 2026 en el BOE y en documentos del Ministerio para la Transición Ecológica. Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría legal.

Preguntas frecuentes

Las dudas más comunes.

¿Es obligatorio calcular la huella de carbono en España?

¿Es obligatorio inscribirse en el registro del MITECO?

¿Qué alcances hay que calcular?

¿Cuándo hay que publicar la primera huella?

¿Qué significan los sellos Calculo, Reduzco y Compenso?

¿Hace falta verificar la huella?

Del aprendizaje a la acción

Lleva a la práctica lo que acabas de leer con una plataforma pensada para el trabajo que viene después.
Equipos de sostenibilidad en Chile, España y Perú confían en Grumbic.
BCIStarkenESADEUniversidad Continental